A finales del mes de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) declaró nula la cláusula 7 de los contratos de los captadores de socios de Médicos Sin Fronteras. La cláusula en cuestión establece un objetivo mínimo mensual tanto de número de socios como de financiación. El no cumplimiento de dichos objetivos, es decir, no alcanzar los números mínimos de productividad conlleva la aplicación de un despido disciplinario, sin derecho a indemnización alguna.
CNT Galicia denunció esta cláusula a finales de 2015 al entender que el número de altas requerida era de casi imposible cumplimiento, tal y como se reflejó en la pericial sociológica encargada. El estudió mostró que 9 de cada 10 personas no alcanzaba el rendimiento mínimo impuesto.
Todas las organizaciones tienen cláusulas similares en los contratos de sus plantillas de captación de fondos y esta sentencia marca un antes y un después en el sector.
Si trabajas en captación, esto te afecta. ¡Infórmate y defiende tus derechos!
Viernes 21 septiembre – 19:00 h – Fundación Anselmo Lorenzo (FAL) (c/ de las Peñuelas, 41) <m> Embajadores, Delicias