CNT interpone demanda por el Convenio de aplicación en Gabinete Psicopedagógico Estímulo

Desde la sección sindical llevamos a juicio a la empresa Gabinete Psicopedagógico Estimulo por vulnerar nuestros derechos laborales y para demandar la aplicación del II Convenio Estatal de Acción e Intervención Social y el reconocimiento de categorías.

Gabinete Psicopedagoga Estimulo aplica el convenio de enseñanza y formación no reglada. Por su parte, el día 03/07/2015 se publicó en el BOE el convenio colectivo estatal de acción e intervención social, siendo su ámbito funcional se concreta en el “Catálogo de Referencia de Servicios Sociales” aprobado en la Resolución de 23/04/2013 de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, cuyas prestaciones de servicio son:

  • Información, orientación, asesoramiento, diagnóstico y valoración.
  • Autonomía personal, atención en el domicilio y respiro familiar.
  • Intervención y apoyo familiar
  • Intervención y protección de menores.
  • Atención residencial.
  • Prevención e inclusión social.

Convenio que debería haber sido aplicado desde su entrada en vigor al ser el convenio del sector y carecer el suyo de los requisitos formales para ser de aplicación.

Posteriormente, el día 28/10/2022 fue publicado en el BOE el II convenio estatal de acción e intervención social, estableciendo en BOE el día 11/08/2022, sin alterar el contenido de los artículos 21 (clasificación profesional) y 51 (conceptos retributivos).

El artículo 21.4 del convenio de intervención social regula los grupos profesionales, indicando que, será:  Grupo profesional 1:

En este grupo se incluyen aquellas trabajadoras que realicen funciones que requieren un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios departamentos o secciones de la organización. Parten de directrices muy amplias, debiendo dar cuenta de su gestión a los directores de las áreas de actividad o departamentos existentes. que consisten en la realización de tareas complejas y diversas, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en autonomía y responsabilidad”.

Se incluyen, además, la realización de tareas complejas que pueden o no implicar responsabilidad de mando y que, en todo caso, exigen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. Pueden desarrollar la coordinación de colaboradores en su ámbito funcional o de actividad.

Para estar incluidas en este grupo las trabajadoras deben tener una titulación universitaria, titulación superior de FP complementada con una dilatada experiencia profesional y/o formación especializada. O, en su defecto, con conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión, complementados con formación específica en el puesto de trabajo que sea equivalente a la titulación referida.

A título orientativo podemos mencionar los puestos de Educador Social, Graduado Social, Psicóloga, Trabajador Social o cualquiera que sea la denominación que en cada organización se utilice siempre que la misma se corresponda con la definición de funciones arriba indicada, teniendo esas profesionales la condición de técnicas cualificadas.

En definitiva, teniendo en cuenta el objeto social de Gabinete Psicopedagógico Estimulo y la existencia de un convenio sectorial, en CNT consideramos que desde el año 2015 la empresa debería haber aplicado el convenio colectivo estatal de acción e intervención social.

Las trabajadoras que forman la Sección Sindical de Gabinete Psicopedagógico Estimulo no estamos dispuestas a seguir siendo ignoradas y desvalorizadas en nuestros puestos de trabajo, bajo la bandera de la doble moral de las empresas que compran proyectos sociales y no cuidan a sus trabajadoras.  

Seguiremos luchando y defendiendo nuestros derechos. 

Compañeras, juntas somos más fuertes.

Puedes ponerte en contacto con nuestra sección sindical en 

Delegada Sección Sindical de CNT en Gabinete Psicopedagógico Estimulo

3 comentarios

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