SMI, un subida insuficiente otra vez

Desde CNT consideramos que ni el Gobierno ni los mal llamados sindicatos “mayoritarios” responden a la realidad de trabajadoras y trabajadores, que cada vez afrontan un costo de vida más elevado, mientras que sus retribuciones no crecen proporcionalmente.

Ante este panorama solo nos queda organizarnos sindicalmente, no solo como una forma defensiva de nuestros derechos, sino con una estrategia ofensiva que mejore los convenios colectivos, dentro de la cual tengamos como principio la distribución la riqueza.

Nuevo Salario Mínimo Interprofesional para el 2023

En el Boletín Oficial del Estado del 15 de febrero de 2023 se ha publicado el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023

De acuerdo con su artículo 1, el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día o 1.080 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

En esta cantidad se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. También se señala que esta cantidad se entiende referida a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior, se percibirá a prorrata.

A esta cantidad, de acuerdo con el artículo 2, se adicionarán los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción. Esto se hará según lo establecido en los convenios colectivos y contrato de trabajo que resulten de aplicación a cada concreta relación laboral.

¿Cómo se aplica este cambio? 

Ya publicado en el BOE la subida de los actuales 1.000€ a los anunciados 1.080 en 14 pagas mensuales, lo que serían 15.120€ brutos en total, se debe aplicar con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Esto quiere decir que la nómina del mes correspondiente a su entrada en vigor debe incluir el incremento salarial que con efectos retroactivos hasta el 01/01/2023.

     – Personas trabajadoras eventuales y temporeras: 51,15 (por jornada legal en la actividad).

     – Empleadas del hogar y cuidados: 8,45 (por hora efectivamente trabajada). La escala de intervalos de retribuciones, así como las bases de cotización, se actualizarán en la misma proporción que lo hace el salario mínimo interprofesional para el año 2023. Recuerda que si eres trabajadora del hogar y los cuidados hemos publicado las tablas salariales propuestas para el 2023 de Plataforma por un Empleo de Hogar y Cuidados con Plenos Derechos de la que formamos parte.

     – Alza en la base mínima de cotización a la Seguridad Social: con efectos retroactivos a 1 de enero de 2023, el tope mínimo de cotización será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador. Esto implica que la base mínima de cotización no puedan ser inferior a 1.260 euros mensuales.

      Topes en las coberturas del FOGASA. El pago de salarios por parte del Fondo, así como de indemnizaciones, se calcula  tomando como referencia el SMI. El límite para el pago de salarios serán 120 días (9.942 euros en 2023) y para el caso de las indemnizaciones la anualidad (30.240,25 euros) [para las indemnizaciones por modificación sustancial de las condiciones laborales, 22.369,50 euros y para el servicio del hogar familiar, 14.913 euros].

     – Subsidios por desempleoSe incrementan los límites para considerar la existencia de «carencia de rentas» a los efectos de lucrar subsidios por desempleo como el de mayores de 52 años.

¿Qué cambios implican en las empresas esta subida del 8%? 

Las empresas deberán incrementar los salarios de sus trabajadores que sean inferiores al actual SMI, en su conjunto y en su cómputo global. Los expertos de Lefebvre señalan que hay que tener en cuenta que si el trabajador realiza una jornada inferior el salario se aplicará de manera proporcional, ya que el SMI afecta a aquellos trabajadores con jornada completa.

¿Solo lo notarán aquellos trabajadores que cobren el SMI? ¿Qué sectores son los más beneficiados? 

El incremento lo notarán principalmente las personas que estén cobrando por debajo del nuevo SMI. En el caso de los trabajadores que perciben un salario superior al mínimo, en conjunto y cómputo anual, esta subida no les afecta porque queda absorbida o compensada. Por otro lado, los sectores más beneficiados serán aquellos que tienen un salario más ajustado al SMI como, por ejemplo, es el caso de los empleados de hogar y los trabajadores agrícolas.

¿Qué efecto tiene la subida en las prestaciones y subsidios de la Seguridad Social? 

Aunque la revalorización de las pensiones lleva su propia vía al margen de SMI, este sirve como índice de referencia de cálculo a la hora de determinar si una persona puede ser o no beneficiaria del subsidio por desempleo, de la pensión de orfandad o de la pensión de viudedad, en algunos casos. Además, se utiliza para determinar la cuantía máxima de la prestación por desempleo cuando se tienen hijos a cargo.

En el caso, por ejemplo, de percibir ayudas públicas, la subida del SMI no afectaría, ya que las ayudas se referencian al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

¿Qué tengo que hacer para que lo apliquen a mi nómina?

La subida del SMI es automática y no requiere de ningún trámite por parte del trabajador ni de la empresa para ser aplicada a tu nómina.

Comenzarás a cobrar la nueva cuantía a partir de la próxima nómina de febrero. Aunque el Ministerio ha especificado que tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero y, por lo tanto, recibirás también la parte correspondiente de ese mes.

Recuerda también que el cálculo mensual se refiere a una nómina de 14 pagas. Si percibes 12 pagas, las otras dos estarán prorrateadas y, por lo tanto, cobrarás una cantidad mensual mayor.

En caso de que tu nomina no se vea incrementada puedes ponerte en contacto con CNT y te ayudamos a solicitar la subida

¿Por qué esta subida del SMI?

El nuevo SMI supone una subida del 8 por ciento respecto del previsto para el año 2022. Con ello se culmina el objetivo de que éste alcance el 60 por ciento del salario medio en 2023, algo recomendado por el Comité Europeo de Derechos Sociales, en aplicación de la Carta Social Europea; a la vez que se da cumplimiento al compromiso gubernamental de alcanzar esta equivalencia al término de la actual legislatura.

Además del objetivo anterior, el Gobierno pretende justificar el incremento en el derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y a sus familias un nivel de vida digno; y para garantizar la capacidad adquisitiva de los salarios para hacer frente al coste de la vida, en especial frente a la situación de los precios, y atendiendo a la coyuntura económica general. 

Asimismo, este incremento del salario mínimo interprofesional, según el gobierno contribuye a promover un crecimiento y una recuperación de la actividad económica sostenida, sostenible e inclusiva, al cumplimiento de la Agenda 2030, en particular de las Metas 1.2, 8.3 y 10.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativas a la erradicación de la pobreza, la promoción de políticas orientadas a la creación de puestos de trabajo decentes y a la adopción de políticas salariales que logren de manera progresiva una mayor igualdad, en especial entre mujeres y hombres, y a una mayor cohesión social, según ha informado el Ministerio en un comunicado.